La diputada Amparo Lilia Olivares Castañeda (PAN) plantea reformar la Ley Federal del Trabajo, con el objetivo de establecer que las personas empleadoras deberán otorgar permisos laborales a madres, padres o personas tutoras de niñas y niños con Trastornos del Espectro Autista (TEA).

La iniciativa que adiciona la fracción XXVIII Bis al artículo 132, turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, precisa que son obligaciones de las personas empleadoras otorgar permisos laborales a madres, padres o personas tutoras que tengan a su cargo hijas o hijos diagnosticados con TEA.

Ello, para que puedan acudir a citas médicas, terapias, evaluaciones o actividades relacionadas con su atención especializada, sin que dichos permisos constituyan causa de sanción o despido, ni afecten los derechos laborales de la persona trabajadora, en los términos que establezca la normatividad aplicable.

En la exposición de motivos, la legisladora explica que el TEA es una condición del neurodesarrollo que afecta la comunicación, la interacción social y la conducta, que requiere atención médica especializada y terapias permanentes. Refiere que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, aproximadamente una de cada cien niñas y niños en el mundo presenta esta condición.

Destaca que en México diversas instituciones públicas y privadas de salud han señalado que la atención integral de niñas y niños con esta condición exige la participación activa y constante de madres, padres o personas tutoras, quienes deben acudir periódicamente a consultas médicas, terapias de lenguaje, ocupacionales, psicológicas y evaluaciones especializadas.

Subraya que países como Chile han avanzado en el reconocimiento de permisos para madres y padres de niñas y niños con TEA, incorporando en su legislación disposiciones que permiten ausencias justificadas para atender situaciones relacionadas con la integridad y el cuidado especializado de sus hijas o hijos, sin que ello afecte su relación laboral.

Sin embargo, en México la legislación laboral vigente no contempla permisos específicos para estos casos, lo que obliga a solicitar autorizaciones informales, utilizar días de vacaciones o descuentos salariales.

Hace notar que esta situación genera desigualdad para las familias de niñas y niños con este trastorno, quienes con frecuencia deben elegir entre cumplir con sus responsabilidades laborales o garantizar el derecho a la salud y al desarrollo integral de sus hijas e hijos.

Puntualiza que el trabajo digno constituye un pilar del Estado social y democrático de derecho, por lo que las leyes laborales deben garantizar la justicia social y el equilibrio entre los factores de la producción, en concordancia con lo establecido en el artículo 123 de la Constitución Política.

Deja una respuesta