Los vendedores de locales comerciales del Metro de la Ciudad de México tendrán que bajar el volumen, literalmente. El Sistema de Transporte Colectivo (STC) publicó un nuevo reglamento que prohíbe utilizar bocinas, altavoces, aparatos de sonido o incluso gritar para llamar la atención de los usuarios y promover productos o servicios.
La medida forma parte del nuevo “Reglamento para la instalación, operación, verificación y seguridad de locales y/o espacios comerciales asignados y/o propiedad del Sistema de Transporte Colectivo”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y que sustituye al reglamento emitido en julio de 2020.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, los comerciantes no podrán recurrir a estos métodos cuando generen ruido elevado o contaminación auditiva dentro o fuera de las estaciones. Incumplir esta prohibición puede representar multas de 50 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
Pero el Metro no se quedó únicamente con el asunto del volumen. El reglamento también establece que los locales no podrán utilizarse como bodegas ni para almacenar materiales, mobiliario o insumos ajenos a su función, además de que los comerciantes deberán limitarse al giro autorizado.
Otra disposición establece que las mercancías, desperdicios y equipos relacionados con los establecimientos no podrán transportarse mediante escaleras eléctricas, elevadores, bandas transportadoras o trenes.
Además, los comerciantes tendrán que retirar al menos dos veces al día, entre las 12:00 y las 18:00 horas, la basura generada por sus establecimientos. Los residuos no podrán almacenarse dentro de las estaciones, ni detrás, a un lado o encima de los locales.